jueves, 19 de julio de 2018

Alcahuete




EL ALCAHUETE EN DERECHO PENAL
por
Virginia Arango Durling
Catedratica de Derecho penal
Universidad de Panamá

*Publicado en Estrella de Panamá, julio 19 de 2018

Todos en algún momento hemos sido alcahuetes de nuestros hijos y nietos complaciéndolos dentro de los parámetros normales sin malcriarlo, por ejemplo, recuerdo a mi abuelo Fred Durling, que a escondidas de mi abuela me daba diez centavos, para que tuviera más para el recreo.

La expresión alcahuete  se emplea en sentido masculino y femenino, y procede del árabe «Al-qawwád (mensajero)»,y por un lado, es "la persona  que concierta, encubre o facilita una relación amorosa, generalmente ilícita", en otro caso, es la persona que encubre u oculta algo. La acciòn de alcahuetar como el oficio de alcahuete se designa con la palabra lenocinio. Así, quien practica el lenocinio concierta, encubre y facilita una relación amorosa ilícita, lucrándose con tal actividad.

En la Celestina, la alcahueta es una mujer, que lleva ese mismo nombre, que es conocida por concertar citas de amantes, entre estos a Calisto que recurre a ella para estar con Melibea, y que  lo realiza como un negocio de lucro,  mientras tanto el alcahuete es un hombre en El Quijote, que ha sido condenado condenado a las galeras.

El término alcahuete también tiene su aplicación en la actualidad,, por ejemplo, el mejor amigo que miente para salvarle de un lio a su amigo casado afirmando que estaba  en su compañía cuando en realidad andaba con su amante, o cuando también se convierten los padres respecto de los hijos o viceversa promoviendo o tolerando infidelidades, bajo el criterio de que es algo natural del hombre, y no hay nada de malo en ello.

Y, sin embargo, si observamos la alcahuetería en Derecho Penal tiene otras consecuencias màs graves, y se representa en concreto con el proxeneta (lenon art.180) que facilita o promueve el comercio o la actividad de la prostituta, que no es más que nada que una explotación sexual.

Este personaje (hombre o mujer) ve a las personas como objeto y fin de lucro, y si bien, son personas desconocidas, nada impide que los padres o familiares promueven, facilitan o consienten  que sus hijas, sobrinas o demás tengan relaciones sentimentales y sexuales con  otros, y personas adultas  preferiblemente a cambio de dinero, y  aunque las estadísticas nacionales lo reflejan como relaciones consentidas de adultos con menores de edad, ¿No creen ustedes que sea lo contrario? La legislación castiga gravemente cuando se trate parientes por cualquier vinculo, inclusive si ha sido adoptada, o si es alguna persona que la cuida, con diez a doce años de prisión.
Lo cierto, es que donde hay,  miseria,  pobreza,  hambre, desintegración familiar, y poco respeto por la dignidad humana abundan los ataques a la libertad sexual, y por ende es frecuente este fenómeno silencioso que no deja de ser preocupante, no solo porque estas jóvenes queden embarazadas por adultos, sino porque a través de ello se promueve la explotación sexual  y los ataques contra la libertad sexual, y estos hechos quedan impunes porque sus progenitores o familiares alcahuetean tales situaciones, no las denuncian y tal vez solo les interesa obtener algo de dinero para  mejorar su nivel de vida.








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