viernes, 10 de febrero de 2012

Texto de la Clase


IV.       TEXTO DE LA CLASE
 La fórmula “no hay delito sin culpabilidad”, también conocido con el aforismo “nulla poena sine culpa”, significa que para que un hecho sea castigado por la ley penal, es decir, que se le pueda reprochar dicho comportamiento al sujeto, es indispensable que se trate de una conducta, típica, antijurídica y culpable.
La culpabilidad integra así, el cuarto elemento del delito, que permite atribuir el hecho y la consecuencia a un determinado sujeto, y es imprescindible determinar su fundamento, así como la necesidad de deslindar una serie de términos que se emplean vinculadas a ello, pues a manera de ejemplo, culpabilidad y responsabilidad no son sinónimos..
En cuanto al concepto de culpabilidad ha sido entendido de diversas maneras según veremos a continuación, pero por el momento, sólo diremos que, es“ la actitud consciente de la voluntad que da lugar a un juicio de reproche en cuanto al agente actúa en forma antijurídica pudiendo y debiendo actuar diversamente”.
Otro aspecto de interés en este módulo es lo referente al análisis del concepto de culpabilidad desde la perspectiva de las distintas teorías del delito, a fin de poder reconocer e identificar cual es la  ventaja y desventaja de adoptar alguna de ellas, y a su vez determinar hacia donde se orienta ese concepto de culpabilidad.
En síntesis, el alcance conceptual de la culpabilidad y del principio de culpabilidad constituyen un instrumento fundamental para poder responder a las futuras interrogantes que se nos presenten durante este curso.

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