miércoles, 30 de mayo de 2012

Modulo No. 4


MÒDULO 4
LA PAZ SOCIAL
Y
EL COMPORTAMIENTO VIOLENTO
 EN EL AMBITO FAMILIAR





1.  INTRODUCCIÒN
El derecho en general y los derechos humanos primordialmente deben cumplir, ante todo, la finalidad de la paz individual y social.  El derecho y el Estado se ubican por encima del individuo y la sociedad civil para regular todos los órdenes integradores de la vida a fin de buscar la paz” (Hernán Ortiz Rivas, Derechos Humanos, Ibáñez, Bogotá, 2007, p.134).

El Derecho Penal, como instrumento de control social, contiene normas punitivas dirigidas a sancionar todos aquellos ataques hacia los más preciados bienes jurídicos de la sociedad moderna, y en ese sentido, se ha indicado que la misión de la norma penal, es en definitiva, alcanzar la paz social, entendida esta en términos abstractos, al normal desenvolvimiento de las relaciones individuales entre los individuos y los grupos en una comunidad regida libre y democráticamente (Emiliano Borja Jiménez, Ensayos de Derecho Penal y Política Criminal, Editorial Jurídica Continental, San José 2001, p.55).
En esta forma el Derecho Penal cumple una finalidad de aseguramiento de las condiciones básicas e indispensables para la vida comunitaria.  Debe amparar, en consecuencia, los valores fundamentales de la vida de la comunidad, es decir, aquellos que hacen posible la pacífica convivencia entre los ciudadanos (Landrove Díaz, Introducción al Derecho Penal Español, p.18).
Se constituye así la protección de bienes jurídicos, como una de las misiones fundamentales del Derecho Penal moderno, pues solo se deben incriminar como delitos los comportamientos, sean acciones u omisiones, que lesionen o pongan en peligro bienes jurídicos del individuo, la sociedad o el Estado ( Muñoz Pope, Lecciones, p.28). 
En ese orden de ideas, el Derecho Penal cumple la misión de garantizar la pacífica convivencia entre los ciudadanos, pero debe ser utilizado como “ultima ratio” como último recurso por el Estado, en consecuencia no debe sancionar aquellos hechos que no tengan especial relevancia  y gravedad (Landgrave. p.18).


El Derecho Penal tiene como misión garantizar la convivencia pacífica de los asociados.



En efecto, se ha indicado que no todos los bienes o valores de la sociedad requieren  de la protección a través del Derecho Penal y que la misión del Estado es garantizar aquellos valores que merecen, necesitan y son capaces de protección, en consecuencia, es misión del Estado regular la convivencia humana, a fin de conseguir una paz social justa, defendiendo los valores fundamentales de la comunidad (Muñoz Conde, p.70 y ss.).
Ciertamente, el Derecho Penal ejerce la violencia para proteger intereses del conglomerado social, cuando sanciona y reacciona ante el quebrantamiento de una norma, que debe ser respetada por la comunidad, para regular la convivencia pacífica de los asociados (Muñoz Conde, p.30 y ss.), pero debe regirse por el principio de legalidad y en el respeto de las garantías fundamentales.
En efecto, se coincide que el Derecho Penal no debe ser utilizado como un instrumento de poder de un grupo dominante,  y que el “ius puniendi” como derecho subjetivo del Estado, de crear delitos y establecer una pena, debe estar orientado por los principios de proporcionalidad y humanidad. 
En los tiempos actuales, donde se vive una inseguridad ciudadana, y en la cual el sujeto tiene el riesgo de convertirse en víctima del delito, donde la violencia se presenta en todos los ámbitos laborales, doméstico, sociales, a nivel interno e internacional por razón de conflictos o guerras, por actos terroristas o de otra naturaleza, no cabe duda, de que el Derecho Penal debe intervenir para responder a esas demandas y necesidades sociales, y  para asegurar esa paz social, siempre que respondan a los principios de intervención mínima y de ultima ratio legis, entre otros. 
Es evidente, sin embargo, que la dogmática penal ha confirmado una crisis en la actuación del Estado que de manera drástica pretende reprimir los delitos,  enfrentar el fenómeno de la violencia, y en general, ejercer el poder punitivo de manera excesiva, obviando el cumplimiento de principios fundamentales, como son, el principio de intervención mínima y el principio de intervención legalizada, que se basan en la dignidad humana y en la idea de la Justicia misma (cfr. Muñoz Conde/ García Aran, p.70 y ss.).
          Para terminar, como se advierte de lo antes señalado, el Derecho Penal debe intervenir cuando sea necesario e imprescindible, y en esa línea el Còdigo Penal del 2007,determina que tiene por objeto sancionar aquellas conductas y comportamientos que resultan indispensables para la protección de bienes jurídicos tutelados y valores significativos de la sociedad, y sostiene que este código tiene su fundamento en el respeto a la dignidad humana (Art.1- 2), por lo que a lo largo de este cuatrimestre reflexionaremos sobre la relevancia o no de la incorporación de los delitos de violencia doméstica y de maltrato dentro del contexto penal moderno.


2.  CONTENIDO DEL MÒDULO- SEMANA X-XI
I. INTRODUCCIÒN
II. LA PAZ SOCIAL Y LOS COMPORTAMIENTOS VIOLENTOS EN EL AMBITO FAMILIAR
A- LA VIOLENCIA DOMÈSTICA
B. EL MALTRATO DE MENORES

3. BIBLIOGRAFÍA



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.4. ASIGNACIONES




La docente previamente asignará los trabajos correspondientes referentes a  este módulo.



5. Bibliografía. Lecturas Recomendadas





1. ADOLFO CARRETERO SÁNCHEZ, Aspectos penales del maltrato.* http://cita.es/maltrato/

2.  FRANCISCO BUENO ARÚS, VICTIMOLOGÍA INFANTIL: TIPOLOGÍA. FORMAS DE MALTRATO. NIÑOS VÍCTIMAS DE AGRESIÓN SEXUAL

3. ANA LUCACES GUTIERREZ/ CARLOS VASQUEZ . La respuesta del derecho penal español ante la violencia doméstica. http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derpriv/cont/13/dtr/dtr6.pdf.

4. MARIA DE LOS ANGELES CUADRADO RUIZ/ REQUEJO. Lectura solo: El delito de malos tratos en el ámbito familiar http://bscw.rediris.es/pub/bscw.cgi/401848?client_size=1366x643
5. Julio Leal Medina  Delito de malos tratos en el ámbito familiar

 6.ACALE SÁNCHEZ, M., LOS NUEVOS DELITOS DE MAL TRATO SINGULAR Y DE MALOS TRATOS HABITUALESEN DISTINTOS ÁMBITOS, INCLUIDO EL FAMILIAR http://e-spacio.uned.es/fez/eserv.php?pid=bibliuned:revistaDerechoPenalyCriminologia-2005-15-5010&dsID=Documento.pdf

----ANÁLISIS DEL CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE VIOLENCIA DE GÉNEROCONTRA LAS MUJERES DESDE UNA PERSPECTIVA TRANSVERSAL PROFESORA TITULAR DE DERECHO PENAL ,UNIVERSIDAD DE CÁDIZ

6 JOSÉ ANTONIO RAMOS VASQUEZ,   La problemática del bien jurídico protegido en los delitos de malos tratos   http://ruc.udc.es/dspace/bitstream/2183/2356/1/AD-9-34.pdf


7. CAROLINA BOLEA BARDON, En los límites del derecho penal frente a la violencia doméstica y de género*Profesora titular de Derecho Penal. Universidad de Barcelona http://criminet.ugr.es/recpc/09/recpc09-02.pdf
8. RODOLFO FÉLIX CÁRDENAS, El delito de malos tratos…. Su  regulación en España y Mèxico http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/33/pr/pr20.pdf

 9.  MA DE MONTSERRAT  PÉREZ CONTRERAS, Aproximación a un estudio sobre vulnerabilidad y violencia familiar ww.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/113/art/art9.htm
10. ANA DELGADO CORDERO ALTERNATIVAS PARA COMBATIR LA VIOLENCIA DOMÉSTICA.
Facultad de Derecho. Universidad de Huelva. http://rua.ua.es/dspace/bitstream/10045/5662/1/ALT_10_11.pdf

11. Análisis de la violencia hacia las niñas en la escuela primaria. Informe del ministerio de igualdad, Huelva, España http://www.inmujer.es/documentacion/Documentos/DE0034.pdf

12. ELENA NÚÑEZ CASTAÑO LA VIOLENCIA DOMÉSTICA EN LA LEGISLACIÓN
ESPAÑOLA: ESPECIAL REFERENCIA AL DELITO DE MALTRATO HABITUAL (ART. 173.2 DEL CÓDIGO PENAL) REJ – Revista de Estudios de la Justicia – Nº 12 – Año 2010 http://www.revistas.uchile.cl/index.php/RECEJ/article/viewFile/15232/15645


13. MARIA CONCEPCIÓN GORJON  BARRANCO, Notas entorno a la legislación penal en materia de violencia familiar y de género en España, http://www.ejournal.unam.mx/bmd/bolmex122/BMD000012215.pdf




Modulo No. 3



MÓDULO No. 3

LA TUTELA
DE LA LIBERTAD PERSONAL Y SUS LÌMITES







1. INTRODUCCIÒN
El derecho a la libertad personal está garantizado constitucionalmente, sin embargo en ocasiones los individuos no están exentos de ataques contra ese derecho fundamental, razón por la cual las legislaciones hayan incorporado delitos a fin de tutelar este derecho, como es el caso de nuestra legislación penal.

En fecha reciente, las legislaciones se han ocupado del delito de desaparición forzada de personas,  toda vez que han sido numerosos los casos en la región, y a su vez se ha debatido sobre los límites a la libertad personal, como consecuencias de las frecuentes retenciones, así como en el plano de los denominados registros y cacheos corporales.


2. CONTENIDO
SEMANA VII –VIII-  IX- LA TUTELA DE LA LIBERTAD PERSONAL Y SUS LÌMITES
a. Detenciones y retenciones ilegales
b. Registros y cacheos corporales
C. Desaparición forzada de personas
 3.  asignaciones



La docente previamente asignará los trabajos correspondientes referentes a  este módulo.




4. BIBLIOGRAFÌA. LECTURAS RECOMENDADAS



1. DANIEL EDUARDO RAFECAS, Delitos contra la libertad cometidos por funcionarios públicos www.catedrahendler.org/doctrina_in.php?id=92

2. LAURA ZÚNIGA, Libertad personal, seguridad pública y sistema penal. www.biblioteca.org.ar/libros/133355.pdf

3.  El papel de la Constitución   Comisión Colombiana de juristas (2003)

4. HUMBERTO NOGUEIRA ALCALÁ, El derecho a la libertad personal en el ordenamiento penal chileno…… http://redalyc.uaemex.mx/pdf/197/19750112.pdf

La libertad personal y las dos caras del ordenamiento jurídico chileno./Revista de Derecho, Vol. XIII,  diciembre , 2002, pp. 161-186
mingaonline.uach.cl/scielo.php?pid=S0718...script=sci_arttext

5. GUILLERMO OLIVER CALDERÓN Acerca  de la retención de las víctimas en la  comisión de un delito  de robo  con violencia o intimidación en las personas. A propósito de un caso real. Comentario a
la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota de 22 de agosto de


www.elfaroverde.com/descargas/otros/TP-CacheosCorporales01.doc
----- La actuación Policial en los  cacheos y registros como modalidad de las

7. MANUEL CERRADA MORENO, Las intervenciones corporales.
8.EDGARDO DONNA, Derecho Penal, Parte Especial(2008) forodelderecho.blogcindario.com/2008/01/00140-derecho-penal-parte-especial-edgardo-a-donna-6-tomos.html
..
.9.RAÙL PEÑA CABRERA, Derecho Penal, Parte General es.scribd.com/doc/2441670/Derecho-Penal-Parte-General y Parte Especial.
10. SEBASTIANSOLER, Derecho Penal argentino es.scribd.com/doc/2441670/Derecho-Penal-Parte-Generalorodel/derecho.blogcindario.com/.../00114-derecho-penal-argentino...

11. ABASTOS MANUEL. Derecho Penal, Parte Especial. www.quedelibros.com/libro/.../Derecho-Penal-Parte-Especial.html
12. GIOVANNA F. VÉLEZ FERNÁNDEZ  La Desaparición Forzada en el Estatuto de la Corte Penal Internacional y la necesidad de modificar su regulación en el Código Penal peruano” http://190.41.250.173/rij/bases/doctrina/velez1.htm


13. Autores por ProFis Coordinador Kai Ambos (Alemania) Pablo Alflen (Brasil)
José Luis Guzmán (Chile), Claudia López Díaz (Colombia), Ivan Meini (Perú), Pablo Galain (Uruguay), José Luis Modolell (Venezuela) Desaparición Forzada de Personas ANÁLISIS COMPARADO E  INTERNACIONAL  (2009) http://perso.unifr.ch/derechopenal/assets/files/obrasportales/op_20101107_02.pdf

24. PABLO RODRIGO ALFLEN DA SILVA, El delito de desaparición forzada de personas y el derecho penal brasileño http://www.panoptica.org/panpticaedio19julho2010/19_6.pdf w.w.w.rderecho.equipu.cl/index.php/derecho(article(viewArticle/732
derechopenalonline

25.- CHRISTOPHER GRAMMER Adaptacion del derecho nacional con motivo de /Biblioteca de la unam.   www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/dconstla/cont/.../pr16.pdf

26. .Breves comentarios al delito de desaparición forzada de personas www.pensamientopenal.com.ar/.../breves-comentarios-al-delito-desap...


27. SEBASTIAN FELIX GARCIA AMUCHASTEGUI. El delito de desaparición forzada de personas…  y la posible afectación del principio de legalidad. http://www.actualidadjuridica.com.ar/revistas/156ppub.pdf...

29. LEYDA CASTILLO, México y la convención interamericana sobre desaparición forzada de personas. http://biblio.juridicas.unam.mx/estrev/derint/cont/3/cmt/cmt14.htm
30. YVAN MONTOYA VIVANCO, La desaparición forzada de personas como delito permanente. (2009)deepartamento.pucp.edu.pe/.../...

31. JUAN BUSTOS RÀMIREZ, Las funciones de la policía y seguridad ciudadana /Bustos http://perso.unifr.ch/derechopenal/assets/files/articulos/a_20080521_40.pdf

Modulo No. 2


MODULO  No. 2







TEMA: MITES PENALES A LA TUTELA PENAL DE LA VIDA. EL PROBLEMA DEL CONSENTIMIENTO Y LA FUNCION SIMBOLICA DEL DERECHO PENAL
DURACIÒN: SEMANAS-  III-IV-V- VI- 



1. INTRODUCCIÒN
El presente módulo tiene por finalidad examinar el derecho a la vida desde la perspectiva de la doctrina nacional y del derecho comparado, haciendo énfasis en la problemática del consentimiento y a la función simbólica que se manifiesta en algunos delitos que recientemente han sido incorporados por el codificador a partir del 2007.

Y es que el consentimiento doctrinalmente ha sido consagrado como causa de justificación “cuando el deber de respetar los bienes jurídicamente protegidos está fundado en el interés del titular de los mismos en su conservación y, al darse la conformidad de aquél en la destrucción, modificación, o puesta en peligro del bien jurídico, desaparece la oposición que fundamenta la anti juridicidad del hecho típico (principio de la ausencia de interés).  Está actuación requiere que se trate de bienes o derechos de titularidad individual, respecto de los cuales el titular tenga disponibilidad reconocida por el ordenamiento. (Bueno Arus, Francisco, “Límites del consentimiento”, p.75).

Cuando la víctima o el ofendido otorga su consentimiento, se elimina la antijuricidad del hecho, siempre que sea un bien jurídico disponible.




 Ahora bien, en lo que respecta al consentimiento se coincide que es una regla válida que el consentimiento  se efectué por parte del paciente de manera expresa, libre y válida, en todas las operaciones quirúrgicas y tratamientos médicos por respeto a la dignidad humana cuyos derechos y libertades quedarán vulnerados de otro modo (López Bolado, p.  30  ).
Lo anterior implica que el consentimiento se precisa en el caso de la actuación del médico  para que esta no sea punible, siempre que se practique según la “legis artis” (Villanueva Cañadas, p. 41).

En tal sentido, examinaremos la problemática del consentimiento en el Derecho Penal ante la Eutanasia y el suicidio, y  todo ello nos llevará  abordar su problemática en el derecho comparado y fijar el alcance desde  nuestra legislación,  y a diferenciarlo de lo que se denomina como ortotanasia, situación que se presenta cuando el paciente próximo a muerte rechaza tratamiento que solo va a servir para prolongar su vida por corto tiempo (Romeo, p.39).

Otros aspectos relevantes en esta materia, será el papel del  agente y del profesional de la medicina frente a la ayuda al suicidio., en donde se protege la vida de manera absoluta, incluso frente a la voluntad de su titular (Arango Durling/Muñoz Pope, p. 20) por tratarse de un bien jurídico por excelencia, y los actos que se castigan pueden consistir en determinar a otro por medios psicológicos la resolución de quitarse la vida, aquí la conducta del médico es sancionada como autor de instigación, o más bien en ayudar al suicida que ha tomado la resolución, ya sea aconsejándole la manera más rápida para conseguir su propósito (contribución moral) o proporcionándole el medio.
En estos casos, no estamos ante un homicidio, sino ante una instigación (determinar a otro al suicidio) o ayudar al suicidio, castigado para el caso de que se produjera la muerte de la persona.
Finalmente, también será de interés fundamental la problemática del consentimiento en los delitos de manipulación genética y reproducción asistida, incorporadas en fecha reciente por el legislador.

2. CONTENIDO
A. El delito de homicidio frente a la Eutanasia
B. El aborto con consentimiento de la mujer y las indicaciones
C. El delito de reproducción asistida con consentimiento de la mujer.
D. El delito de manipulación genética

3.  ASIGNACIONES





La docente previamente asignará los trabajos correspondientes referentes a  este módulo.




4. BIBLIOGRAFÍA









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2. SILVIA FERNÁNDEZ BAUTISTA
Profesora de Derecho Penal. Departamento de Derecho Penal
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4. M. CORCOY BIDASOLO,,
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-ÉTICA Y PRIORIDADES EN SALUD




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-Asier Urruela MoraProfesor Titular de Derecho Penal Universidad de zaragozaSergio Romeo Malanda
Profesor Ayudante. Doctor de Derecho Penal Universidad de Las Palmas de gran Canariatendencias actuales de la jurisprudencia española en materia de responsabilidad penal médica


6.  MARÍA CASADO. Problemas que suscita reproducción asistida… http://ddd.uab.es/pub/papers/02102862n53/02102862n53p37.pdf

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9. ARANGO DURLING, VIRGINIA, Los delitos de manipulación genética y reproducción asistida . http://www.up.ac.pa/ftp/2010/f_derecho/documentos/boletin-20102.pdf penjurpanama

10. , CATALINA PEÑA GUILLEN/ Manipulación genética “sensu lato”… http://www.tesisenred.net/bitstream/handle/10803/1415/CPG_TESIS.pdf?sequence=1


11.  JORGE MAS DIAZ Y OTROS /Aspectos ético y legales de la reproducción asistida http://www.portalmedico.org.br/include/biblioteca_virtual/des_etic/16.htm


12. NURIA CASTELLÓ NICÁS EL BIEN JURÍDICO EN EL DELITO DE MANIPULACIONES GENÉTICAS DEL ART. 159 DEL CÓDIGO PENAL ESPAÑOL (*)Universidad de Granada Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología RECPC 04-04 (2002)/ http://criminet.ugr.es/recpc/recpc_04-04.html


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17. SERGIO ROMEO MALANDA, LAS EXIMENTES POR ANALOGÍA EN EL CÓDIGO PENAL ESPAÑOL DE 1995. ESPECIAL REFERENCIA A LA APLICACIÓN ANALÓGICA DE LA INDICACIÓN  CRIMINOLÓGICA DEL ABORTO*e-spacio.uned.es/fez/eserv.php?pid=bibliuned...2005-16-3050...

18. Alberto Arellano Méndez La regulación jurídica de la información genética http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/decoin/cont/6/art/art2.htm

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19. David Fernando Panta Cueva LA EUTANASIA EN EL CÓDIGO PENAL PERUANO. UN ANÁLISIS ... http://perso.unifr.ch/derechopenal/assets/files/articulos/a_20090316_02.pdf

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29. MIGUEL BAJO FERNANDEZ, Respeto a la libertad del paciente… http://www.eutanasia.ws/hemeroteca/j38.pdf www.eutanasia.ws/hemeroteca/j38.pdf

Disponibilidad de la propia vida/ http://www.eutanasia.ws/hemeroteca/dpvbajo.pdf

-Dogmática y Ley Penal. Libro Homenaje a Enrique Bacigalupo, La nueva ley de autonomía del paciente.. http://www.eutanasia.ws/hemeroteca/z31.pdf
- TESTIGO DE JEHOVA Y TRANSFUSION DE SANGRE http://www.eutanasia.ws/hemeroteca/z32.pdf

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31.  Juan Carlos Carbonell Mateu, Suicidio y eutanasia, cig.uv.es/wp-c http://mural.uv.es/procesales/delitos/Suicidio%20y%20Eutanasia.pdf

32. JOSE MANUEL LORENZO SALGADO, Algunas consideraciones sobre el articulo 243/eutanasia

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27. JOSÉ LUIS DELA CUESTA. GENTICA Y POLÌTICA CRIMINAL www.ehu.es/p200-content/es/contenidos/.../GeneticaRIDP.pdf


28.. CATALINA PEÑA GUILLEN/ Manipulacion genética “sensu lato”… www.tesisenred.net/bitstream/handle/10803/1415/CPG_TESIS.pdf?.


31.   ARTURO ZAMORA JIMENEZ, Bien jurídico y consentimiento enderecho penal BIEN JURÍDICO Y CONSENTIMIENTO EN DERECHO PENAL.

33. Nicolás García Rivas* Despenalización de la eutanasia en la Unión Europea: